La PCM no puede bloquear páginas web sin intervención judicial

Este viernes se filtraron una serie de mensajes de correo electrónico pertenecientes a un trabajador del área de Seguridad Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros. En ellos se da cuenta de algunas de las medidas tomadas en respuesta a la filtración de la bandeja de entrada completa del ex Primer Ministro así como para prevenir los constantes ataques a las redes informáticas del Estado.

De entre el grupo de mensajes filtrados ha llamado la atención el enviado por Jorge Caballero González, funcionario de la Presidencia del Consejo de Ministros, hacia un trabajador de la empresa Telefónica del Perú con un pedido bastante polémico. En el correo enviado el 5 de agosto de 2014, el funcionario le solicita a Telefónica literalmente bloquear las páginas web correspondientes a los servicios Pastebin, Uppit y Mega con la finalidad de “mitigar en algo el incidente”. Este pedido, afortunadamente, fue denegado por el representante de la operadora porque ello podría significar bloquear otros dominios que comparten la misma IP. Adicionalmente, el trabajador de Telefónica le recuerda que cualquier usuario puede reportar el incidente directamente ante el servicio web para solicitar su remoción si es que infringe los términos y condiciones de la web.

No hay otra forma de decirlo. Es manifiestamente ilegal y aterrador que un funcionario del Poder Ejecutivo intente ordenar en forma privada el bloqueo de cualquier contenido disponible en Internet. Esta afirmación resulta conforme a ley sin importar el tipo de contenido del que estemos hablando. En un Estado de Derecho, el único poder del Estado que puede ordenar este tipo de medidas debe de ser el Poder Judicial, con la finalidad de garantizar un ejercicio mesurado y responsable de tamaño potestad así como el respeto de los derechos fundamentales. De lo contrario, como bien ha sido apuntado por Giovanna Castañeda en el Útero de Marita, estos intentos de censura por debajo de la mesa nos colocan junto a estados como Cuba, Venezuela, China o Pakistán donde el Estado tiene carta libre para bloquear cualquier contenido a su sola orden.

Nuestro sistema jurídico reconoce la libre circulación de información como un principio básico de nuestra democracia, al punto que la propia Constitución alcanza a señalar que es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Como pasa con cualquier otro espacio de expresión analógico, es posible que a través de los mismos se configuren delitos como los de difamación, afectación de la intimidad, pornografía infantil, etcétera. Frente a ellos, lo que corresponde es solicitar que un Juez ordene cautelarmente (si ha lugar) o como consecuencia de la determinación de un ilícito que se bloquee o haga inaccesible el contenido infractor. Apuesto a que ningún funcionario estaría tan feliz solicitando que, dado que en la edición del día de El Comercio existe un contenido ilegal, la policía intervenga y secuestre todas las copias en circulación de dicho diario en el país. ¿Les suena a mucho? Formalmente, eso es exactamente lo mismo que se estaba pidiendo el funcionario de la Presidencia del Consejo de Ministros a Telefónica.

A juzgar por la reacción de otros empleados de la Presidencia del Consejo de Ministros que recoge Espacio 360, esta mentalidad parece no se un problema aislado. Parece que para muchos funcionarios no solo resulta natural sino que perfectamente exigible que un pequeño grupo de personas tengan este súper poder y pueda ordenar medidas de este tipo a las operadoras con solo mandar un correo electrónico. Afortundamente, Telefónica es un actor lo suficientemente fuerte como para decirle que no al Estado y tampoco lo hace por buena gente sino porque hacerlo sería derechamente una infracción a su marco regulatorio y perjudicial para su negocio. Sin embargo, y por ello es pertinente llamar la atención sobre este caso, resulta preocupante que este tipo de coordinación se haya producido antes o continúe dándose respecto de otras páginas web, otras entidades estatales u otras operadoras poniendo en riesgo no solo la libertad de expresión sino también la privacidad y el secreto de las comunicaciones de cualquier usuario de Internet. Algo de esa prepotencia trascendía en una de las nefastas primeras versiones de la Ley de Delitos Informáticos, cuando se pretendía obligar a las empresas operadoras a revelar la identidad detrás de cada número IP con solo una llamada de la policía y sin intervención judicial.

Para muchos, el comportamiento de la PCM puede estar justificado en la gravedad de la situación. Sin embargo, nuestro sistema jurídico está compuesto de garantías formales que no admiten excepciones. No porque alguien fue registrado en video asesinado a otra persona va a ser exceptuado de pasar por juicio y derechamente condenado. En Internet, determinar la legalidad o ilegalidad de un contenido no es trivial y debe de hacerse por personas capacitadas, respetando los derechos fundamentales involucrados y analizando detalladamente los posibles impactos de la medida a ordenar. No estamos sobre reaccionando al criticar este tema. Estamos defendiendo aquellas garantías que permiten que Internet sea el espacio libre que todos conocemos. Los delitos informáticos son un delito y deben de ser investigados y sancionados por la vías regulares, no por policías secretas ni ejecutores ocultos.

Foto: Marco Bernandini (CC BY NC-SA)

2 comentarios

  1. Alexander dice:

    Es correcto defender los derechos de libre información, ante amenazas o intentos de censura sobre todo por quienes ejercen el poder, y de ser la propagación de dicha información un delito, tiene que ser sometido por las vías que nos otorga el Estado de Derecho. El Poder Ejecutivo no puede ser juez y parte, le corresponde denunciar no juzgar ni mucho menos censurar.

  2. Juan Blade dice:

    Intente ORDENAR???…este BACHILLER en derecho tiene problemas de comprensión de lectura???..si lees bien el correo, el Sr solo le hace una consulta, nada más, y así eres bachiller en derecho??

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